LA NOCIÓN DE ACOSO MORAL LABORAL O “MOBBING” Y SU RECONOCIMIENTO POR LA JURISPRUDENCIA EN CHILE
Eduardo Caamaño Rojo. Doctor en Derecho por la Universidad de Colonia, Alemania, profesor de Derecho del Trabajo en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.
Revista de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso XXXVII (Valparaíso, Chile, 2º Semestre de 2011) [pp. 215 - 240]
“El presente estudio propone una visión actualizada acerca de la conceptualización del acoso moral laboral, llamado “mobbing”, desde la perspectiva del Derecho del Trabajo; y pretende establecer los elementos centrales de su configuración, con el fin de ofrecer un criterio ordenador para la respuesta jurisdiccional ante las denuncias por vulneración de derechos fundamentales derivadas de esta clase de actos de hostigamiento. El aumento sostenido de demandas de trabajadores por vulneración de derechos, como la honra o la integridad física y síquica, así como la ausencia de una tipificación legal del “mobbing”, justifican que los Tribunales del Trabajo tiendan a uniformar y clarificar la noción de acoso laboral, con miras a fortalecer la valiosa tarea que han emprendido para resguardar los derechos fundamentales de los trabajadores al interior de la empresa.”